INTRODUCCIÓN-PLAN IGUALDAD

Un Plan Municipal de Igualdad es un instrumento, elaborado por el municipio y consensuado por la ciudadanía, en el que se establecen las bases para transformar las estructuras y remover los obstáculos que mantienen las situaciones de discriminación.

Los planes de igualdad comprenden un conjunto de medidas interrelacionadas con las que se pretende combatir la desigualdad entre las mujeres y los hombres en muchos frentes (el económico, el social o el político, entre otros).

Son los poderes públicos los que tienen la obligación de corregir estas situaciones mediante todas las medidas a su alcance.

La igualdad de oportunidades significa una participación equilibrada de ambos sexos en todas las esferas de la vida pública y privada.

No persigue como objetivo beneficiar exclusivamente a las mujeres sino a la sociedad en su conjunto. Una comunidad que dificulta o impide que las mujeres desarrollen su potencial como personas está evitando que la población femenina realice aportaciones fundamentales para el bienestar de la sociedad y así ésta se empobrece en su conjunto.

El objetivo de las medidas de igualdad consiste en mejorar la situación de las mujeres de la sociedad, no en empeorar la de los hombres. Con las políticas de igualdad de oportunidades se pretende aumentar los recursos y las oportunidades de las mujeres, no recortar las de los hombres. Por tanto, las medidas que se establecen no son discriminatorias sino compensatorias, con el fin de equilibrar la situación desigual existente entre ambos sexos.

Las mujeres y los hombres viven situaciones sociales que son diferentes. Las diferencias tienen su origen en el papel que tradicionalmente se les ha asignado. Esta construcción social sobre lo que son y deben hacer hombres y mujeres es lo que se denomina género.
La igualdad entre ambos sexos significa una ruptura con la asignación de roles tradicionales entre los géneros y una valoración por igualdad de cada uno de ellos.

El concepto de igualdad de género incluye el derecho de todos los seres humanos a poder ser diferentes, sin que ello signifique un tratamiento desigual a nivel social, político, económico, etc.

Actualmente la igualdad está reconocida a nivel jurídico. Las leyes ofrecen un tratamiento igual a hombres y mujeres, no obstante, para su consecución debe mantenerse una vigilancia constante y una promoción de forma activa por las instituciones, ya que la posición subordinada de las mujeres en la política, la sociedad, la economía o la cultura, no desaparece automáticamente con la aprobación de leyes que establezcan que todos los ciudadanos, con independencia de su sexo, tienen los mismos derechos y son iguales ante la ley. Existe, por tanto, igualdad de derecho pero es necesario alcanzar la igualdad de hecho.

Las políticas de igualdad están en consonancia con la Constitución y el marco jurídico internacional.

En España nuestra Carta Magna consagra la acción positiva en su artículo 9-2 y prohíbe la discriminación por razón de sexo en su artículo 14.

La Lay 16/83 crea el Instituto de la Mujer, organismo responsable de velar y promover la efectiva igualdad entre ambos sexos. Su criterio de actuación es la transversalidad del principio de igualdad en todas sus actuaciones, principio que se acuñó en la IV Conferencia sobre la Mujer celebrada en Pekín en 1995 y que fue llevado al marco jurídico europeo por el Tratado de Amsterdam. El Instituto de la Mujer fomenta la promoción de la igualdad de oportunidades en todas las políticas y proyectos emanados de sus diferentes departamentos. Ha elaborado para el cumplimiento de sus fines varios Planes de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.

La autonomía otorgada a las Comunidades Autónomas les confiere capacidad legislativa y de acción política lo cual se plasma en los Planes Autonómicos de Igualdad de Oportunidades.

El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias en su art. 9 d) establece que las instituciones de la Comunidad Autónoma velarán especialmente por procurar la adopción de medidas dirigidas a promover las condiciones y a remover los obstáculos para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean efectivas y reales.

La Ley del Principado de Asturias 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género, contribuirá a garantizar la igualdad efectiva de derechos, trato y oportunidades entre hombres y mujeres, y a promover la presencia equilibrada de unas y otros.

En el ámbito municipal, las Corporaciones Locales tienen competencia para aprobar y ejecutar sus Planes de Igualdad.

La ley de Bases de Régimen Local expresa claramente la competencia municipal para promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, considerando la promoción de las mujeres como uno de los ámbitos de la acción municipal. Existe, por tanto, una capacidad legal de actuación y responsabilidad política al respecto.

En el ámbito internacional, la igualdad política entre mujeres y hombres es un objetivo fundamental de la Unión Europea, para darle cumplimiento se han aprobado diferentes normas: Directivas, Decisiones, Recomendaciones, Resoluciones,… Toda esta normativa unida a otras Normas, conforman el cuerpo más avanzado y completo en materia de igualdad de trato entre mujeres y hombres.

Como complemento al desarrollo legal, la Unión Europea ha puesto en marcha hasta el momento Programas de Acción, para promover la igualdad de oportunidades.

El papel de las mujeres en el desarrollo es una cuestión respaldada por diferentes organismos internacionales y nacionales: las Naciones Unidas, la propia Unión Europea o el Instituto de la Mujer en España han aportado reflexiones importantes en este sentido.

Así pues, integrar la igualdad de oportunidades en la educación, formación profesional y en el mercado de trabajo, conciliar la vida profesional y familiar de las mujeres y de los hombres en la toma de decisiones y reformar las condiciones que permitan el pleno derecho a la igualdad, son tareas fundamentales y primordiales para alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

En nuestro Ayuntamiento ya hemos iniciado el camino con la elaboración de este Plan de Igualdad de Oportunidades, al que esperamos dar merecido cumplimiento durante el período que abarca, 2012-2016, con la colaboración y el esfuerzo de todas y todas.